ULTIMAS MODIFICACIONES PROCESALES .Transformación Digital

    El animo del legislador es hacer llegar los avances tecnológicos a la Justicia Española. Todo ello cargado de buenas intenciones, no así de medios, pero veamos, cuando comienza y por donde va el legislador.El proceso da comienzo con la ley 18/2011 de uso de las tecnologías en la administración de justicia y su marco tecnológico, con lo que entraron los ordenadores en la administración de justicia  y se conectaron entre si en las distintas administraciones de justicia de las CCAA que tenían en ese momento transferidas las competencias. Luego, tenemos un salto cualitativo,dado por las leyes 39 y 42 del 2015 , el primero con la modernización del proceso administrativo común y el segundo con la obligatoriedad de las empresas mercantiles, y entidades jurídicas de comunicarse con las administraciones publicas por medios electronicos,ese mismo año, el R.D. 1065/2015, en el que nace la plataforma lex net, las comunicaciones de los profesionales del derecho, abogados,procuradores y graduados sociales, con la administración de justicia, y por ultimo, y como ya es habitual otro batiburrillo legislativo con el R.D.ley 6/2023. , con un titulo que da para mucho que estudiar y analizar, con medidas de carácter procesal y con otro previo, de medidas de eficiencia procesal, que estará en otro articulo,dado por otro R.D.ley 5/2023, el fondo de la cuestión es simplificar y acercar la justicia al ciudadano en sus relaciones con ella y la de los profesionales, trazando un principio sobre los derechos y deberes digitales de los ciudadanos, y la protección de estos últimos de la inteligencia artificial  y el uso de las tecnologías de acceso a la información. Los juicios , las actuaciones  y comunicaciones telemáticas entre las distintas administraciones de justicia.Todo ello cargado de buenas intenciones, no así de medios , ni de dotaciones presupuestarias, ya que las distintas administraciones de justicia deben compartir sus datos con el resto de las CCAA que tengan atribuidas competencias y las del Estado, un difícil objetivo, no exento de dificultades, las competencias en materia de justicia han hecho que se disperse esta y ahora unificarla va a ser mas complicado para las CCAA que tienen un ámbito amplio competencial.Veremos el recorrido que tiene, y hasta donde nos lleva estos últimos cataplasmas legislativos.

jmgs

Abogado

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Mi Opinión

Análisis macroeconómico de la Economía Española, Primer Trimestre 2024

   Vamos a ver el comportamiento de los principales indicadores macroeconómicos y su impacto global. Vemos que ha habido un fuerte crecimien...