Prestación por desempleo.-Segunda Parte

Los Beneficiarios de la prestación son todos los incluidos en el RETA, que tengan cubierta la contingencia de desempleo, los trabajadores del sistema especial de trabajadores por cuenta propia agrarios, los del Régimen especial de trabajadores del mar. Asimismo, se incluyen todos los trabajadores de cualquier forma societaria que estén encuadrados en el RETA o RETM y tengan contratada la cobertura de contingencias profesionales. Están excluidos los suscritos a una mutualidad de previsión social de profesionales.


El nacimiento de la prestación será a partir del primer día del segundo mes siguiente a aquel en que se produzca el hecho causante.

Los requisitos para acceder a la prestación son.

Primero.- Estar afiliados, en alta y cubierta la cobertura de contingencias profesionales

Segundo.- Tener un periodo mínimo cubierto de un año dentro de los cuatro últimos años anteriores a la situación de desempleo.

Tercero.- Encontrarse en situación legal de cese de actividad, suscribir el compromiso de actividad y disponibilidad para la reincorporación al mercado de trabajo a través de la formación.

Cuarto.- No haber cumplido la edad ordinaria para acceder a la pensión contributiva por jubilación. Y

Quinto.- Hallarse al corriente de pago de las cuotas de la seguridad social.

En cuanto a la cuantía de la prestación hay que añadir que el importe está sujeto a unos topes máximos y mínimos en función de las responsabilidades familiares del sujeto desempleado:

Así, el tope máximo para aquellos que no tienen hijos a cargo será del 80% del IPREM, para los que tengan hijos a cargo el 107% del IPREM. Y como tope máximo, y según las circunstancias siguientes, sin hijos a cargo : el 175% del IPREM, con un hijo a cargo el 200% del IMPREM, con dos o más hijos el 225% del IPREM.

Ejemplo para entender mejor lo anterior:

Trabajador autónomo, que cesa de la actividad el 05-01-2011, tiene cubierto un periodo de cotización de 10 años, tiene 55 años, dos hijos a cargo, y una base reguladora de 2000 € al mes.

Primero.- Se dan los requisitos de cotización, si

Segundo.- cuanto tiempo le correspondería como máximo de prestación? 12 meses

Base reguladora: 2000 €

Porcentaje aplicable el 70% durante todo el periodo de disfrute, 1400 €



Cuantía:

Mínimo: con hijos a cargo el 107% del IPREM.- 664,75€

Máximo: con dos hijos a cargo 225% del IPREM.-1397,84 €

IMPREM APLICABLE: el del hecho causante, 2011.-621,26€ al mes

Cobraría todos los meses 1397,84€/mes , con un máximo de 12 meses

      JMGS
Economista

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