Modificaciones Constitucionales necesarias

  Para el buen funcionamiento democratico de nuestras instituciones se hace preciso introducir unas modificaciones en los articulos  68.4, 68.6 y añadir un nuevo apartado al art.71. y en el siguiente sentido:
Art.68.4 de la C.E..-El Congreso es elegido por cuatro años. El mandato de los Diputados termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara, no siendo elegibles después de dos legislaturas.

Art.68.6.- El Senado es elegido por cuatro años. El mandato de los Senadores termina cuatro años después de su elección o el día de la disolución de la Cámara, los senadores no pueden  ser elegibles después de dos legislaturas.

Art.71.5.- El mandato de diputado será incompatible con el de senador, no siendo elegibles quienes hubiesen estado en un cargo público durante dos legislaturas.
  Con esto la politica  seria la participación y renovacion de cargos continua que necesita para sanear la vida publica y evitar la corrupción.
  Asimismo, las diputaciones, que tienen un presupuesto global anual de unos 22.000 millones de euros deberian desaparecer y asumir las comunidades autonomas todas sus competencias, para ello las entidades locales, deben ser absorbidas por entes locales mayores.. Por otro lado, el senado debe de sufrir una reestructuración profunda, como cámara de representación territorial y no como cámara de segunda lectura legislativa.

JMGS

Economista

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