El Estado de alarma.Una necesidad o una excusa

   El Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2 de la Constitución podrá declarar el Estado de Alarma, en todo o parte del territorio nacional, cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad:Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.Crisis sanitarias, tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos 28.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo.Situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.  La pregunta que todo el mundo se hace, como hemos llegado a esto, no se podia haber previsto, era evitable o acaso era una excusa para acelerar el proceso de privatización de AENA y su deficit astronomico. De todo debe de haber, lo unico soberanamente cierto es que estos señores, los controladores, dicen un buen dia, nos ponemos de huelga y paralizamos el pais, pues aqui se han estrellado. esto huele a chantaje, y al Estado no se le puede chantajear, pues este dispone de los medios para reestablecer el orden público, con lo cual tubo que declarar el estado de alarma ante la paralización de un servicio de interés general y en unas fechas señaladas.Ahora, toca reparar los platos rotos, además de prorrogar una situación , que de ningun modo puede ser aceptable, una situación , como esta debe ser puntual,en el caso actual, significa, añadir más presión a los controladores, con lo cual, estan sometidos a una tensión que puede llevarle a la comisión de errores que pongan en peligro la vida de las personas. Un convenio colectivo que no se ha podido cerrar en cinco años, ha habido más que suficiente teimpo para  preparar a una plantilla alternativa, y estos funcionarios que montan una huelga cuando les parece , expedientarlos desde el primer dia y ya estuviesen fuera,la huelga no debe ser permitida, cuando afecte al interés general , y no se guarde los servicios mínimos y esenciales para que el funcionamiento normal de los servicios basicos de la comunidad.


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